La Mediación, quedó enervada por la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
La experiencia judicial viene demostrando la importancia que ha adquirido la posibilidad de mediación entre los litigantes, siendo un procedimiento más ágil y acertado para las partes, que en la mayoría de los casos son procedimientos judiciales largos y costosos, para quienes están implicados en el proceso en cuestión. Sin embargo con las modificaciones que se vienen ejecutando en el anteproyecto del código penal, se pretende poner como una opción, relacionado a la violencia de género, de que ambas partes implicadas (víctima y agresor) en violencia de género “la mediación”, como una oportunidad que se da al agresor para evitar que continué en prisión. Pero al aplicar esta medida existiría un desequilibrio de poder entre la víctima y el agresor, lo que hace que la mediación sea problemática. En nuestro ordenamiento jurídico, sin embargo, tal posibilidad de mediación quedó enervada por la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Gé...